Mediante Resolución 5 del 2010, de la Subsecretaría de Planificación del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, se dispuso que los Centros de Capacitación, que se hayan presentado al reempadronamiente, antes del día 2 de agosto del 2010, podrán reiniciar el dictado de cursos a partir de la mencionada fecha.
La Comisión Directiva de la Cámara de Centros de Capacitación peticionó oportunamente a las autoridades ministeriales, el acotamiento del plazo de suspensión de actividades dispuesto por la Resolución 3 del corriente año, lo que fué analizado atentamente por las Autoridades.